Programa
de Apoyo y Capacitación
1.Semestre o Año Sabático
El Colegio desea estimular
a sus profesores y personal administrativo para que
conozcan y se beneficien
de otros ambientes de excelencia, ya sea estudiando,
investigando o trabajando allí. El interés
es ofrecer la oportunidad, a aquellos que de otra
manera no la tendrían, de especializarse
en áreas de su interés, de conocer
de primera mano a profesores excelentes o de disfrutar
de ambientes educativos que permitan y promuevan
la calidad de todas las áreas. Con este
propósito se ha creado el Fondo de Apoyo
a la Capacitación que se regirá por
los siguientes parámetros:
A. Objetivo
Ofrecer la posibilidad a profesores
o personal administrativo de larga y recocida trayectoria
en el Colegio los
Nogales de enriquecerse profesionalmente durante
un año o semestre sabático.
B. Requisitos
1. Podrán participar en este programa profesores
o personal administrativo de tiempo completo que
hayan estado vinculados por lo menos durante 7 (siete)
años continuos o discontinuos.
2. El candidato deberá presentar
los siguientes documentos:
- Un plan de estudios indicando su director de proyecto.
- El programa del curso
en el cual se matriculará,
en ambos casos con una sustentación adecuada
para recibir la aprobación del Consejo directivo.
3. Durante el año o semestre sabático
el Colegio no reconocerá sueldo alguno al
beneficiario, pero podrá concederle un crédito
por valor equivalente hasta 2 (dos)pensiones escolares
mensuales, durante la duración del curso o
proyecto. El crédito se desembolsará mensualmente.
En caso de otorgamiento del crédito, el beneficiario
tendrá la obligación de reintegrarse
al Colegio al concluir el curso o proyecto. Al reintegrarse
al Colegio con dedicación de tiempo completo,
dicho crédito se condonará en cuotas
mensuales iguales, distribuidas en un periodo de
tiempo igual al doble del periodo sabático
tomado. En caso de reintegro al Colegio con dedicación
menor a tiempo completo, la amortización será proporcional
a dicha dedicación. La formalización
de este crédito se hará mediante un
contrato que suscribirá el beneficiario con
el colegio, otorgando las garantías que el
colegio discrecionalmente le exija.
4. El beneficiario deberá culminar exitosamente
el curso y obtener el grado o concluir el proyecto,
con el visto bueno de su director. En caso contrario
el beneficiario deberá devolver al Colegio
el valor del crédito en un plazo de 12 (doce)
meses, mediante el pago el 5o. (quinto) día
hábil de cada mes; en cuotas mensuales iguales
con intereses de plazo liquidados sobre el saldo
insoluto de la deuda, a la tasa que resulte de sumar
diez por ciento (10%) a la tasa de corrección
monetaria aplicada por las corporaciones de ahorro
y vivienda por el mes inmediatamente anterior al
mes en que se cause el primer pago.
5. En caso de que el beneficiario se desvincule
del Colegio antes de la amortización total de
la deuda en los términos anteriores, ésta
se entenderá vencida y el beneficiario tendrá entonces
la obligación de cancelar al Colegio el
saldo en un plazo máximo de 6 (seis) meses,
en 6 (seis) cuotas mensuales iguales pagaderas,
cada una de ellas el 5o. (quinto) día hábil
de cada mes, con intereses liquidados sobre el
saldo insoluto de la obligación, a la tasa
que resulte de sumar quince por ciento (15%) a
la tasa de corrección monetaria aplicada
por las corporaciones de ahorro y vivienda por
el mes inmediatamente anterior.
6. Al reintegrarse el beneficiario al Colegio compartirá con
la institución sus conocimientos y prestará sus
servicios de la manera que determine el Rector.
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